Historia de la Seguridad Social en Mexico IMSS

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El 19 de enero de 1943 se promulgó la Ley del Seguro Social, promovida por el entonces Presidente Manuel Ávila Camacho, lo que dio origen a la creación del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para garantizar el derecho humano a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo, a través de un esquema de financiamiento tripartita compuesto por los sectores obrero, patronal y gubernamental. Este sistema se inicia bajo el esquema de beneficio definido el cual operaba de la siguiente forma, los trabajadores que estaban en edad de jubilación sus pensiones eran pagadas con las contribuciones de los trabajadores en activo, la Comisión Nacional de Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR) argumentaba que dicho sistema era inviable ya que se comprometían las finanzas de los trabajadores activos, llega el momento en que el pago de las pensiones eran mayores que los ingresos de los trabajadores activos situación que complico dicho sistema.

En 1973 se realiza una reforma a la Ley del Seguro Social en donde ahora el sistema de pensiones se calcularía con el salario promedio de las últimas 500 semanas de cotización adicional a lo anterior se sumaban las semanas cotizadas del trabajador por lo que la formula entre el salario promedio y el mayor número de semanas tenía como consecuencia una mejor pensión.

Para 1992 se realiza una nueva reforma ahora al Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) el cual consistió en el sistema de contribución definida el cual venía a complementar el sistema de pensiones de 1973 en donde se realizaba una aportación al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) del 2% del salario base de cotización (SBC) dicha aportación se realizaba en una Institución de Crédito Especializada (ICEFA) administrada por instituciones bancarias autorizadas, quienes otorgaban un rendimiento anual del 2% respaldado por el gobierno federal, este sistema fue un fracaso ya que se regulaba por el Registro Federal de Causantes (RFC) sin embargo en ese año no existía la homoclave por lo cual se presentaron duplicidades de cuentas dentro del sistema lo cual resulto en un problema no previsto por el Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) ni por el Gobierno Federal.

El 1º de julio de 1997 entra en vigor la nueva Ley del Seguro Social con lo cual deroga la de 1973, dentro de sus principales cambios son las llamadas cuentas individuales, las cuales son operadas por Administradoras de Fondos para el Retiro (AFORES) quienes son reguladas por la Comisión de Nacional de Sistemas de Ahorro para el Retiro (CONSAR) en donde se migra de un sistema de beneficio definido a uno de contribución definida y se crean las Sociedades de Inversión Especializadas en Fondos para el Retiro (SIEFORE) mismas que se dividen actualmente por la fecha de nacimiento del trabajador y estas operan invirtiendo los fondos de los trabajadores en portafolios de inversión que van desde papel gobierno, renta fija y renta variable nacional y extranjera.

Uno de los riesgos que existen en estas inversiones son las llamadas minusvalías mismas que están consideradas por el sistema las cuales pueden ocurrir derivado de nerviosismo de los mercados nacionales o internacionales, ante eventos de guerra, cambios de políticas de mercado, cambios de gobierno, especulaciones entre otras, como lo fue el caso de la cancelación del Aeropuerto Internacional de la Cuidad de México (AICM) mismo que el Presidente en turno decidió cancelarlo y en el cual existía invertido dineros de los trabajadores por parte de diversas Afores y que esta medida ocasiono una minusvalía en sus cuentas de ahorro para el retiro.

En el año 2021 el Presidente Andrés Manuel López Obrador propone una iniciativa de ley misma que fue aprobada la cual consiste en disminuir de 1250 semanas cotizadas para tener derecho a una pensión a 750, incrementándose 25 semanas cada año hasta llegar a 1000 semanas en el 2035, por otra parte, propuso incrementar la aportación patronal llevándola del 3.150% al 11.875% de manera gradual, dicho incremento será a partir del 2023 hasta el 2030, en lo que respecta a la aportación social a cargo del gobierno del estado. De acuerdo a lo decretado por esta Ley de pensiones del IMSS, para los trabajadores que perciben entre un salario mínimo y hasta 4 veces la UMA habrá una cuota social, este monto se irá incrementando progresivamente. Entre el 1º de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2022, la cuota social será de lo vigente antes de la reforma. Y durante un año, entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2023, la cuota será para trabajadores que perciban entre 4.01 y 7.09 veces la UMA.

Mtro. Juan Rodríguez Martínez

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